Le ayudamos con el proceso de separación en Zaragoza
La separación judicial es un estado civil intermedio entre estar casados y divorciados, no existiendo en muchos países. Desde 1981 hasta 2005, la norma general para poder disolver un matrimonio por divorcio en España era haber tramitado, con carácter previo, el procedimiento de separación judicial y haber trascurrido al menos un año, con alguna excepción bastante inhabitual entonces. Desde julio de 2005 es optativo tramitar la separación matrimonial o acudir directamente al divorcio. Pregúntenos porque a veces no se calibran bien las posibilidades existentes. En Abogados de Familia Sagasta 2, le podemos aconsejar en Zaragoza.
Hay supuestos en los que es aconsejable llevar a cabo únicamente la separación matrimonial. Especialmente cuando se ve una posibilidad de reconciliación dado que, si los interesados se han divorciado y hacen las paces, para volver a contar con todos sus derechos, incluida la futura pensión de viudedad, deben contraer matrimonio de nuevo.
Si están únicamente separados judicialmente, basta ponerlo en conocimiento del Juzgado en un procedimiento sencillo y muy económico.
Hay algún otro supuesto en el que es aconsejable la separación y no el divorcio y que les explicaremos con detalle en el despacho. No hay que confundir la separación judicial con la separación de hecho.
Algunas preguntas que Abogados de Familia Sagasta 2 puede aclarar
¿Podemos estar una temporada separados de hecho para pensar?
Sí, pueden optar por una separación de hecho temporal para reflexionar sobre su relación, y esto no requiere formalizar el proceso ni afecta la validez del matrimonio. Durante este tiempo, pueden vivir en domicilios separados sin implicar consecuencias legales inmediatas. Sin embargo, es recomendable que no exceda de dos o tres meses, tomando la decisión de rehacer la convivencia matrimonial o proceder a la separación judicial. Una separación de hecho prolongada da lugar a muchos equívocos, tanto en lo personal (existan hijos o no), como en lo económico (ej.: yo pensaba que esta deuda nueva no me afectaba).
Si más adelante deciden una separación o divorcio formal, deberán seguir los pasos legales correspondientes.
Si separamos las cuentas bancarias y no tenemos hijos, ¿hay que hacer algo más?
Lo recomendable es asesorarse con un buen abogado de Familia, para garantizar los derechos y no generar las denominadas situaciones jurídicas indeterminadas, que no ocasionan más que confusión y pleitos interminables.
Tras la separación judicial ¿es automático el divorcio? ¿Y obligatorio?
La separación es reversible; los cónyuges pueden reconciliarse sin necesidad de un nuevo matrimonio. En cambio, el divorcio disuelve el vínculo matrimonial de forma definitiva, por lo que para contar con todos los derechos del matrimonio, tendrían que casarse de nuevo.
¿Hay pensión de viudedad estando separados?
Es una materia compleja y sujeta a más cambios que la legislación civil. Actualmente se regula básicamente en el artículo 220 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, pero puede volver a modificarse.
¿Qué sucede con la sociedad conyugal en caso de separación matrimonial?
Posteriormente a la disolución, se lleva a cabo un proceso de liquidación de sociedad conyugal, en el que se identifican los bienes y deudas comunes, se valoran y se reparten. Cada cónyuge conservará a partir de entonces sus bienes y deudas de manera independiente.
Si estaban casados en régimen de separación de bienes, no había sociedad conyugal y la separación matrimonial no implica cambios en sus patrimonios individuales, ya que ambos conservan lo que está a su nombre.
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